Lázaro Cárdenas, Michoacán; 12 julio, 2019.- De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad, la sanción económica para quienes obstruyen las rampas de acceso s para personas con discapacidad, va de los mil 540 pesos, sin embargo, no siempre se denuncian a estos infractores, sostuvo Ángel Peralta Hernández, delegado de Tránsito Municipal.
Lo anterior luego de ser cuestionado, en el tema de la obstrucción por las del paso a las personas que transitan en silla de ruedas, siendo imposibilitados a usar rampas para acceder a las banquetas, como el reciente caso denunciado a este medio de comunicación, donde un taxi invadió una rampa en el IMSS de la ciudad porteña.
Peralta Hernández, destaco que estos casos deben ser denunciados al 911, para que las unidades que obstruyan rampas sean trasladadas al corralón y pagar su infracción marcada en el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad, que establece: quienes contravengan esta disposición, serán acreedores a una sanción económica, señalada por el artículo 98, fracción V, inciso “B”, el cual señala lo siguiente:
B) Por estacionarse en lugares destinados a las personas con discapacidad, la multa será de 15 UMAS; misma que corresponde a mil 540 pesos.
Sin embargo, dijo, dentro de los recorridos que realizan diariamente en la ciudad, se ha dado el caso del retiro de este tipo de unidades, no obstante es necesario que la ciudanía denuncie este tipo de faltas, para poder erradicar esta conducta que afecta a la movilidad de las personas con alguna discapacidad.
Ángel Peralta, reitero el exhorto a toda la ciudadanía para que cumpla lo que establece el artículo 15 de dicho Reglamento, donde claramente menciona que está prohibido obstruir o estacionarse en las rampas de acceso a las banquetas y vías peatonales.