Lázaro Cárdenbas, Mich., Al considerar que serán más los efectos negativos que traerá la pretendida construcción de una ciclo vía sobre la avenida Melchor Ocampo, comerciantes asentados en esta arteria, buscarán mañana, protesta de pro medio, un dialogo con la autoridad municipal para que dé marcha atrás a la obra iniciada el pasado jueves.
Para ello, quienes de dicen serán afectados con la obra municipal, están convocando a una protesta frente al TEC de este puerto.
Los comerciantes cuestionan el hecho de que la rúa exclusiva para bicicletas y motocicletas en ambos sentidos de la avenida, la segunda en importancia y longitud en la cabecera municipal, se haya tomado de manera unilateral y no cuente con el consenso ciudadano para ello, además de que afectará las negocios a lo largo de esta zona altamente comercial, ya que se pretende construirla junto a la banqueta y reducir con ello los carriles de circulación, al destinar uno para estacionamiento vehicular.
Cuestionaron que la pasada administración, encabezada por la misma alcaldesa y las comisiones de vialidad que se han integrado, no ha sido capaces de regular el estacionamiento en esta y otras vías importantes, ni siquiera de semofarizar la avenida.
Si bien han insistido en que una ciclo vía como la que se propone es necesaria, no se justifica actualmente dado el número de estos vehículos que circulan por esa avenida en la actualidad y, si se trata de alentar la practica deportiva de la bicicleta, existen opciones como es el bulevar playero, ya en uso.
Advirtieron también que hay una violación al código de desarrollo urbano, que especifica que cuando estas vialidades alternativas deben de construirse, se harán en los camellones cuando estén en vías principales de comunicación, como es el caso.
CÓDIGO DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE
OCAMPO
EL CONGRESO DE MICHOACAN DE OCAMPO DECRETA:
NÚMERO 269
…ARTÍCULO 305.- Las vialidades que conformen un sistema vial alternativo tendrán las características siguientes: II. Ciclo vías: a. Tendrán una sección transversal mínima de 1.50 metros por sentido de circulación;
b. Podrán ubicarse dentro de parques públicos o restricciones de ríos y arroyos;
c. Cuando se ubiquen dentro del sistema vial primario, deberán estar sobre camellones; y
d. Cuando se ubiquen dentro del sistema vial secundario, deberán estar sobre camellones o colindantes a las banquetas.
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