Pone cabildo a petición de alcaldesa nuevo “candado” a la actuación del síndico municipal

Lázaro Cárdenas, Mich., mayo 7 de 2019.- “A mí no me pueden pedir que nos celebre convenios, que no haga lo que mi obligación se establece en la ley; yo nunca he actuado ni actuaré en contra de los intereses del municipio, jamás. Lo sé porque soy abogado y conozco de las consecuencias que me acarrearían actuar en contra de la norma jurídica”.
Lo anterior lo señaló el síndico municipal Miguel Ángel Peraldí Sotelo antes que el cabildo aprobara limitar su actuación legal como funcionario electo y “lo instruyera a no celebrar de ningún tipo de convenios sin la anuencia del órgano de gobierno
“El punto de acuerdo no está fundado ni motivado como señala la Constitución en su artículo 14 y 16 en que establece que establece que ninguna persona puede ser molestada ni en sus papeles, posiciones, derechos sin que la autoridad funde y motive la causa legal del procedimiento y yo no veo en dónde o en que articuló o en qué Ley estén fundando el punto donde se me instruya no cumplir con mis obligaciones como síndico municipal, esto es, se me está pidiendo que nos celebre convenio alguno en los litigios.
Y es que el cabildo, conforme a lo solicitado por la alcaldesa, aprobó en la sesión de este martes” instruir” al síndico municipal para que dentro de los tres días siguientes a la celebración de la sección que se convoca, informe por escrito sobre los litigios que en representación del ayuntamiento y/o municipio de Lázaro Cárdenas Michoacán atiende, precisando materia partes, estado procesal, calendario de audiencias y sus recomendaciones; de haber celebrado convenios de pago en los citados juicios precisará el monto de lo convenido, el beneficiario y fecha de pago explicando además de manera pormenorizada, fundada y motivada, los argumentos que ponderó para celebrar los aludidos convenios, adicionalmente, se instruya al síndico municipal para que en lo sucesivo omita celebrar convenio alguno dentro de los litigios en los que representa al ayuntamiento y/o municipio sin autorización previa del órgano colegiado de gobierno.
“Es cierto que el ayuntamiento es la máxima autoridad en este municipio y que el ayuntamiento administre el municipio atendiendo a los principios constitucionales de fundamentación y motivación de los actos, y con el debido respeto el ayuntamiento no puede modificar la ley orgánica municipal, se requiere de una modificación a través del Congreso del Estado”
Adelanto que el acuerdo seguramente se aprobará porque seguramente van a votar a favor, pero yo les pido que no se exhiban ante la opinión pública, les pido que por única vez reflexione en lo que van a hacer y no violen la ley; a mí no me pueden pedir que nos celebre convenios, que no haga lo que mi obligación establece en la ley”
“Si ustedes quieren limitarme y limitar las facultades del síndico, pues adelante, abundó, (pero) no pueden hacerlo. Les recuerdo que ustedes no están por encima de la ley, ustedes no están por encima de la Constitución y ustedes no están por encima de la Ley Orgánica Municipal”.
Luego de que ningún otro edil tomara la palabra, se procedió a la votación del acuerdo que obtuvo 10 votos a favor, y los votos del regidor Mario Adrián y el propio síndico en contra y la obtención de la regidores Bertha Alicia Rico
El síndico municipal adelantó, luego de la sesión, que acudiría de nueva cuenta a los tribunales a buscar la protección de sus derechos políticos ante la nueva embestida del cabildo en contra de sus facultades para las que fue electo.